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Autoconsumo fotovoltaico con excedente ¿Sabes qué es la compensación por excedente?

Trámites administrativos para llevar a cabo una compensación por excedentes energético adecuadamente.

Autoconsumo fotovoltaico con excedente energético que se puede verter en la red eléctrica. Ésta sería la definición rápida, a continuación aclararemos cómo se puede realizar y qué requisitos son necesarios para beneficiarse de esta modalidad.

Tras la nueva ley de autoconsumo fijada en el Real Decreto 244/2019, la compensación de excedentes se ha convertido en una norma por la cual los consumidores de energía solar, podrán verter la energía sobrante en la red eléctrica nacional, y percibir una compensación económica por parte de le compañía eléctrica que tenga contratada.

De ésta manera, se benefician de una reducción de su factura de la luz, mediante la venta de éste excedente energético.

Compensación simplificada

La compensación simplificada de excedentes, se trata de una relativamente nueva modalidad de autoconsumo solar conectado directamente a la red de eléctrica, posibilitando a los usuarios usar la energía que generan sus placas solares, y si no cubre la necesidad de la vivienda o empresa, la obtienen de la red eléctrica.

Para que éste flujo bidireccional (verter a la red y adquirir en caso de necesidad), hace que los inversores bidireccionales o “meter” cobren una función relevante, ya que serán quienes controlen la cantidad de electricidad vertida o usada.

Por lo tanto, gracias a esta medida, si el consumidor obtiene más energía de la que necesita mediante su instalación de placas solares, podrá reducir su factura en la luz con el excedente, reduciendo los tiempos de amortización de la instalación solar.

¿Cómo puedes acogerte a la modalidad de compensación por excedentes?

Los requisitos para el autoconsumo solar con excedente son:

instalación con excedente a la red electrica
instalación con excedente a la red electrica

Autoconsumo fotovoltaico con excedente, trámites administrativos para llevar a cabo una compensación de excedentes adecuadamente

Te vamos a contar cuáles son los tramites que has de llevar a cabo para legalizar una instalación de autoconsumo:

Ya es posible el autoconsumo fotovoltaico con excedente.

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Diseño de instalación de autoconsumo

Si la instalación tiene una potencia igual o menor a 10KW bastara con una memoria técnica o boletín firmado. Si la instalación sobrepasa esta potencia de 10KW, habrá que hacer un proyecto técnico previo.

Así mismo, la regulación también cambiaría, como iremos desgranado a continuación.

Autorizaciones legales y administrativas de la instalación

En  instalaciones de autoconsumo con excedentes de potencias de menos 100 kW quedan exentas de presentar autorizaciones. Sin embargo, eso depende de cada Comunidad Autónomo por lo que es mejor preguntarlo en nuestro Ayuntamiento de referencia.

Licencia de obras para su instalación

La licencia de obra para cualquier instalación de autoconsumo, está determinado por los ayuntamientos, ya que no hay un trámite unificado, cada ayuntamiento tiene su tasas. 

Las tasas puede variar entre el 4% y el 6% del valor venal de la instalación, esto significa que el interesado deberá abonar la cuantía correspondiente, en todo caso, en muchos ayuntamiento existen compensaciones, en donde los ayuntamientos retornar parcialmente la cuantía abonada, pudiendo ser del 50% hasta el 90%.

Otra ventaja que proporcionan los ayuntamientos, es la bonificaciones en el IBI, donde ronda el 50% y hasta el 80%, dependiendo de la localidad.

Inspecciones iniciales y periódicas

Es necesario consultarlo con cada Comunidad Autónoma y ayuntamiento. En todo caso, para nuestro caso de 4-5 paneles solares para autoconsumo fotovoltaico con excedente, inferiores a 10KW, no requiere de inspecciones, a pesar de que puede que realicen inspecciones aleatoriamente, en todo caso con el boletín eléctrico y el alta en industria, ya estaría autorizada dicha instalación y su producción.

SolBrick proporciona el Boletín eléctrico, así como el Alta en Industria en todas sus instalaciones

Para potencias mayores, las inspecciones para las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico con excedente, requerirán de revisiones periódicas determinadas por el RD 244/2019.

Certificados de instalación en las modalidades de compensación de excedentes

En aquellas instalaciones con potencias inferiores de 10 kW, deberá contar con el Certificado de Instalación eléctrica de Baja Tensión (Boletín eléctrico), y el alta en industria.

En potencias mayores, es necesario contar con un certificado de fin de obra.

Contrato para acceder a la instalación de autoconsumo

Para este tipo de instalaciones, no es necesario presentar un contrato de acceso.


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Licencia de actividad asociada

Las instalaciones que se hayan acogido a alguna modalidad de compensación de manera simplificada quedan excluidas de realizar este tipo de trámites.

Inscripción en el registro

Cada comunidad autónoma será la encargada de aclarar si es necesario realizar una inscripción en el registro.

Por ello, es necesario consultar dicha duda a nuestro ayuntamiento o región.

Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica

Todo tipo de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con excedentes, ya esté o no estén acogidas a un plan de compensación, deben inscribirse en el correspondiente registro de autoconsumo de energía.

En las instalaciones con modalidad de excedentes y con potencias menores o iguales que 100kW no tienen ninguna obligación de acogerse al Registro administrativo de instalaciones productoras de energía eléctrica (RAIPRE)

Contrato energético de venta

En este acuerdo, el consumidor se compromete a suministrar a la red eléctrica el excedente de energía que no consume, a cambio de una compensación. Dicha compensación NO es económica, sino se traduce en una reducción (compensación), del consumo que obtiene de la red eléctrica.

La empresa comercializadora se encarga de la gestión administrativa y técnica del contrato, así como del pago de la regulación de la compensación.

Este tipo de contrato se enmarca dentro del autoconsumo energético, permitiendo a los usuarios reducir su dependencia de la red eléctrica convencional, a través de la “venta” de su excedente energético.

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